Toda persona tiene tanto el derecho como el deber de trabajar y en ningún caso puede quedar excluido o ser discriminado por raza, sexo, edad, estado civil, condición social religión o partido político. Por esta razón es muy importante que toda persona este informado de todo lo referente a los contratos de trabajo, ya que es un tema de interés para todos que nos permite conocer nuestros derechos como trabajadores y muchas de las obligaciones como patrono.
En primer lugar tenemos el contrato de trabajo es aquel medio por el cual el empleado y el empleador se obligan recíprocamente, el primero a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación y el segundo a pagar por estos servicios una remuneración determinada. El contrato de trabajo obligara al patrono a cumplir con todo lo pactado y a las consecuencias que se emanen si no cumple con lo ya estipulado.
El contrato de trabajo se hace preferiblemente por escrito y que haya mutuo consentimiento de las partes, con el objetivo de establecer las condiciones de la relación de trabajo y donde una persona se obliga a prestar sus servicios a otra, bajo su dependencia, además se garantice su remuneración y cuanto va a devengar por sus servicios, asimismo la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley, la moral y las buenas costumbres.
En Venezuela esto está regido por la Ley Orgánica del Trabajo, sus artículos están contemplados en el siguiente link http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html . En esta Ley no se establece el "período de prueba" el cual es de tres meses, luego del tercer mes el trabajador tiene derechos a acumular prestaciones sociales y otros beneficios laborales.
Tipos de Contratos
Un contrato de trabajo puede ser por tiempo fijo o indefinido.
Duración indefinida: Este es el contrato de trabajo común en Venezuela, en el cual las partes no limitan específicamente la relación de trabajo en cuanto al período de tiempo o tareas a realizar.
Duración fija: Esta es una categoría excepcional, en la cual el acuerdo establece una duración fija.
Contrato para una Obra Específica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusión de la misma.
Individual: Cuando se realiza entre un patrono y un trabajador.
Colectivo: Cuando se realiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos. Elementos de un contrato:
• Prestación de un servicio
• Subordinación o dependencia
• Salario
En el caso de que el contrato de trabajo no tenga estipulaciones expresas respecto al servicio que deba prestar y a la remuneración, esto se deberá ajustar a las siguientes normativas:
1. El trabajador estará obligado a desempeñar los servicios que sean compatibles con su desempeño, aptitudes y estado de condición.
2. la remuneración deberá ser adecuada a la naturaleza y magnitud de los servicios y no podrá ser inferior al salario mínimo.
Bibliografía:
Ley Orgánica del Trabajo
htt//es.wikipedia.org/wiki/contrato_individual_de_trabajo
En primer lugar tenemos el contrato de trabajo es aquel medio por el cual el empleado y el empleador se obligan recíprocamente, el primero a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación y el segundo a pagar por estos servicios una remuneración determinada. El contrato de trabajo obligara al patrono a cumplir con todo lo pactado y a las consecuencias que se emanen si no cumple con lo ya estipulado.
El contrato de trabajo se hace preferiblemente por escrito y que haya mutuo consentimiento de las partes, con el objetivo de establecer las condiciones de la relación de trabajo y donde una persona se obliga a prestar sus servicios a otra, bajo su dependencia, además se garantice su remuneración y cuanto va a devengar por sus servicios, asimismo la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley, la moral y las buenas costumbres.
En Venezuela esto está regido por la Ley Orgánica del Trabajo, sus artículos están contemplados en el siguiente link http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html . En esta Ley no se establece el "período de prueba" el cual es de tres meses, luego del tercer mes el trabajador tiene derechos a acumular prestaciones sociales y otros beneficios laborales.
Tipos de Contratos
Un contrato de trabajo puede ser por tiempo fijo o indefinido.
Duración indefinida: Este es el contrato de trabajo común en Venezuela, en el cual las partes no limitan específicamente la relación de trabajo en cuanto al período de tiempo o tareas a realizar.
Duración fija: Esta es una categoría excepcional, en la cual el acuerdo establece una duración fija.
Contrato para una Obra Específica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusión de la misma.
Individual: Cuando se realiza entre un patrono y un trabajador.
Colectivo: Cuando se realiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos. Elementos de un contrato:
• Prestación de un servicio
• Subordinación o dependencia
• Salario
En el caso de que el contrato de trabajo no tenga estipulaciones expresas respecto al servicio que deba prestar y a la remuneración, esto se deberá ajustar a las siguientes normativas:
1. El trabajador estará obligado a desempeñar los servicios que sean compatibles con su desempeño, aptitudes y estado de condición.
2. la remuneración deberá ser adecuada a la naturaleza y magnitud de los servicios y no podrá ser inferior al salario mínimo.
Bibliografía:
Ley Orgánica del Trabajo
htt//es.wikipedia.org/wiki/contrato_individual_de_trabajo
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Aspectos Legales al Momento de Constituir una Empresa
Las compañías o sociedades de comercio son aquellas que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Según el Articulo 1649 del Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela, “El contrato de sociedad es aquel por el cual dos o más personas convienen en contribuir cada una con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia industria, a la realización de un fin económico común”.
Pueden ser:
Sociedades Civiles: “Grupo de personas que se constituyen sin fines de lucro”
Sociedades Mercantiles: “Existen bajo una razón social, mediante el acuerdo de voluntades de un grupo de personas (socios), que unen esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter económico con propósito de lucro”.
Tipos de Sociedades Mercantiles
Sociedades de Personas. Predomina el elemento personal.
Sociedades de Capital. En estas domina el capital social.
En Nombre Colectivo: Es la que ha sido celebrada entre dos o varias personas, que responden personal y solidariamente de todo el pasivo social.
Sociedades en Comandita: Es aquella en la cual las obligaciones sociales están garantizadas por la responsabilidad ilimitada y solidaria de uno o más socios
Sociedades de Responsabilidad Limitada: La responsabilidad de los socios esta limitada al monto de sus respectivos aportes y su capital social esta dividido en cuotas de participación.
Sociedades Anónimas: Es una sociedad mercantil en la que el capital esta dividido en acciones e integrado por las aportaciones de los socios.
Pasos Para Constituir Una Sociedad
Ante todo debe existir un acuerdo de voluntades entre las partes que desean formar la sociedad.
Reserva del nombre.
Redactar el acta constitutiva.
Abrir una cuenta bancaria a nombre de ka empresa (de ser compañía o sociedad anónima se debe depositar el 20% del capital suscrito).
Registrar el documento constitutivo de la empresa.
Elegir o contratar a la persona que ocupara el cargo de comisario.
Los socios se deben dirigir al Registro Mercantil con el acta constitutiva.
Cancelar los aranceles correspondientes en el registro mercantil.
Se bebe publicar el documento constitutivo en los primeros 15 días después del registro.
Inscribir los libros obligatorios exigidos por ley.
Emitir solicitud u orden ante el registro mercantil para el sellado de los libros.
Deberes Formales de las Sociedades
SENIAT
RIF
Llevar Libros
Declaración IVA – ISLR
Inscribir la empresa y los trabajadores en el IVSS
Inscripción en el INCE
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